Ayudas para la transformación digital de las pymes: Programa Adelante Digitalización

Ayudas para la transformación digital de las pymes: Adelante Digitalización 2023

El Gobierno de Castilla La Mancha ha modificado la Orden 164/2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas <Adelante Digitalización> para el impulso de la digitalización y transformación digital de las pymes en la región de Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. (2023/205).

Desde hoy, hay un mes para solicitar las ayudas. 

➡ La ayudas se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

➡ Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para ello, en el momento de la solicitud, el interesado deberá estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/

Proyectos subvencionables del programa Adelante – Digitalización

Hay dos tipos de proyectos elegibles: 

Línea 1: Apoyo a la modernización de las estrategias de comunicación y venta, y para el impulso de la actividad de comercio electrónico de las pymes: 

  • 1.Comercio electrónico: Será subvencionable la creación de una tienda online y la adaptación de comercios electrónicos ya existentes, siempre y cuando que se realice una mejora y que su fin sea impulsar las ventas, posicionando la empresa en el mercado online.
  • 2. Marketing digital: Este proyecto se podrá subvencionar si tiene como objetivo la realización de un plan personalizado de marketing con acciones y estrategias publicitarias o comerciales a ejecutar en los medios y canales de internet. O para fomentar la presencia y posicionamiento online.
  • 3. Portales web de tiendas online (Marketplaces), siempre que la inscripción de la empresa en el portal elegido sea durante un periodo mínimo de un año.

Gastos subvencionables de la línea 1

Se consideran gastos subvencionables a los efectos de esta línea de ayudas, los siguientes:

a) Gastos de consultoría: La prestación del servicio de asesoramiento especializado en comercio electrónico o marketing digital, siempre que este servicio esté realizado por profesionales o empresas especializadas en el sector de las TIC.

b) Gastos de desarrollo web.

c) Equipos para procesos de información y aplicaciones informáticas: Siempre que implique nueva funcionalidad. 

d) Gastos de inscripción de la empresa en el portal de comercio electrónico elegido.

e) Gastos indirectos: Hasta un 5% de los costes directos, incluyendo Hosting; Gastos de capacitación a los usuarios impartidos por la consultora para autogestionar el proyecto subvecionado; Otros gastos generales no imputables directamente en el proyecto. 

 

Línea 2: Apoyo para la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla La Mancha. Incluye 2 tipos de proyectos:

  1. Gestión integral de la empresa: mediante la implantación o puesta en marcha de un ERP. Además de ERP completos, también se incluye la incorporación de módulos al ERP existente (compras, proveedores, RRHH, gestión financiera…) y la incorporación de accesorios tipo CRM o desarrollos especiales.
  2. Proyectos en digitalización que cumplan las 2 condiciones siguientes: 
      • Conexión del mundo físico y el digital: RA, RV, impresión 3D, automatización, robótica, vehículos no tripulados, IoT, sensores y sistemas inteligentes embebidos.
      • Comunicación y tratamiento de datos: Cloud computing, ciberseguridad, tecnologías de la comunicación y la conectividad.
      • Dotar de inteligencia y control extremo a extremo a la cadena de valor: Big data, inteligencia de negocio, blockchain.
      • Integrar las soluciones en el sistema de gestión de la empresa, bien sea al ERPmo en un módulo de la aplicación de gestión existente en la empresa (general o de departamento)

Gastos subvencionables de la línea 2

Se consideran gastos subvencionables a los efectos de esta línea de ayudas los siguientes: 

a) Consultoría, ingeniería y servicios equivalentes. Límite 30% de los costes subvencionables totales del proyecto.
b) Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software y desarrollo de aplicaciones a medida). Cuando impliquen nuevas funcionalidades y no mera reposición o mantenimiento.
c) Gastos indirectos del proyecto: Calculados hasta un 5% de los costes directos efectivamente justificados.

Beneficiarios de las ayudas Adelanta Digitalización

  • Pymes, incluidas aquellas en fase de constitución.
  • Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o entidad que, aunque no tenga personalidad jurídica, ejerza una actividad económica y por tamaño sea asimilable a una Pyme.

Además, las pymes deben cumplir las siguientes condiciones: 

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración regional, y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución.
  • Que el ejercicio de la actividad económica y las actuaciones e inversiones objeto de subvención se realicen dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
  • No estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la L ey 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
  • No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, a excepción de los regímenes de ayudas destinados a reparar los perjuicios causados
    por determinados desastres naturales.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
  • Disponer, cuando así se establezca conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de un plan de prevención de riesgos laborales.
  • No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.

 

 

Plazo de presentación y ejecución de las ayudas Adelante Digitalización en Castilla La Mancha

El plazo de presentación de las ayudas Adelante Digitalización  está abierto desde hoy y hasta dentro de un mes. 

Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para la rápida localización de este procedimiento en la sede electrónica (https://www.jccm.es), se tecleará como término de búsqueda el código SIACI indicado en el encabezamiento de la solicitud: «SLQR«.

El plazo de ejecución puede dar comienzo al día siguiente de la presentación de la solicitud o después de la visita de no inicio (si aplica). No obstante, no podrá superar la duración máxima siguiente:

– Proyectos Línea 1: Máximo 10 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión definitiva.
– Proyectos Línea 2: Máximo 12 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión definitiva.

¡Corre! Si necesitas ayuda para solicitar esta subvención, no dudes en ponerte en contacto con nosotros escribiendo a flopez@tecon.es

 

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